Incendio y bienes comunes
El núcleo de la póliza colectiva exigida por la Ley 21.442.
Puede contemplar
- Daño material directo por incendio en bienes e instalaciones comunes.
- Consecuencias inmediatas como calor, humo, vapor y medios usados para extinguir el fuego.
- Inhabitabilidad, retiro de escombros y otras prestaciones cuando las condiciones de la póliza las contemplan.
Ojo: La materia asegurada y su valorización deben quedar claramente identificadas.