Coberturas

Protección que se entiende
antes de contratar.

Cada comunidad tiene una exposición distinta. Esta guía separa la base obligatoria de los adicionales que pueden completar el programa.

01
Cobertura base

Incendio y bienes comunes

El núcleo de la póliza colectiva exigida por la Ley 21.442.

Puede contemplar

  • Daño material directo por incendio en bienes e instalaciones comunes.
  • Consecuencias inmediatas como calor, humo, vapor y medios usados para extinguir el fuego.
  • Inhabitabilidad, retiro de escombros y otras prestaciones cuando las condiciones de la póliza las contemplan.

Ojo: La materia asegurada y su valorización deben quedar claramente identificadas.

02
Cobertura adicional

Sismo y salida de mar

Protección clave en el contexto geográfico chileno, contratada como adicional.

Puede contemplar

  • Daños materiales causados por sismo, según la cláusula incorporada.
  • Incendio consecuencia de sismo.
  • Salida de mar originada por sismo, cuando se contrata expresamente.

Ojo: Revisa deducible, límites, ubicación y exclusiones: pueden variar entre propuestas.

03
Continuidad operativa

Equipos y avería de maquinaria

Para los sistemas que mantienen el edificio funcionando todos los días.

Puede contemplar

  • Ascensores, bombas, portones y calderas declarados en la póliza.
  • Daño eléctrico y avería interna bajo condiciones específicas.
  • Gastos asociados o pérdida de ingresos, si se agregan las cláusulas correspondientes.

Ojo: Se requieren inventarios, valores y antecedentes de mantención actualizados.

04
Frente a terceros

Responsabilidad civil

Respaldo ante reclamaciones por daños atribuibles a hechos cubiertos.

Puede contemplar

  • Responsabilidad civil del propietario del inmueble.
  • Daños a terceros vinculados a bienes u operación de espacios comunes.
  • Defensa y gastos relacionados, dentro de los términos de la póliza.

Ojo: Los límites, sublímites y exclusiones determinan el alcance real de la protección.

05
Gestión de la comunidad

Responsabilidad del administrador

Una cobertura separada para determinados riesgos propios de la administración.

Puede contemplar

  • Reclamaciones por actos u omisiones de gestión cubiertos.
  • Gastos de defensa, cuando corresponda.
  • Alternativas para personas naturales o jurídicas según el caso.

Ojo: No cubre cualquier error ni reemplaza una gestión diligente; requiere evaluación individual.

06
Equipo de trabajo

Accidentes personales

Alternativas para conserjes y trabajadores de la comunidad.

Puede contemplar

  • Muerte accidental e incapacidad, según capitales contratados.
  • Reembolso de gastos médicos por accidente, si se incorpora.
  • Cobertura dentro de los horarios, funciones y territorio definidos.

Ojo: Es complementaria y no sustituye el seguro de la Ley 16.744 ni las obligaciones del empleador.

Cómo comparar

La prima es solo
una parte de la decisión.

01Materia asegurada

Qué bienes, instalaciones y unidades aparecen efectivamente declarados.

02Suma asegurada

Cuánto se ha valorizado y si el criterio evita infraseguro.

03Deducibles

Qué parte del daño asume la comunidad en cada cobertura.

04Límites y sublímites

El máximo disponible para eventos o prestaciones específicas.

05Exclusiones

Situaciones, bienes o causas que quedan fuera de cobertura.

06Servicio

Procedimiento de denuncia, liquidación y acompañamiento durante la vigencia.

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