Incendio en bienes comunes
Protege los daños por incendio en bienes e instalaciones comunes. Es la cobertura base que exige el artículo 43 de la Ley 21.442.
Diseñamos y comparamos seguros para bienes comunes, unidades y personas. Con la claridad que necesita el comité y el respaldo que espera cada copropietario.
La cobertura se construye por capas. Partimos por el incendio obligatorio y evaluamos adicionales según la exposición y operación de cada comunidad.
Protege los daños por incendio en bienes e instalaciones comunes. Es la cobertura base que exige el artículo 43 de la Ley 21.442.
Amplía la póliza frente a daños sísmicos y, cuando corresponde, salida de mar. No viene incluida automáticamente en la cobertura básica.
Puede cubrir ascensores, bombas, portones, calderas y otros equipos, según la materia asegurada y las condiciones contratadas.
Responsabilidad civil por hechos vinculados al inmueble y sus bienes comunes, dentro de los límites y exclusiones de la póliza.
Cobertura específica ante ciertas reclamaciones por actos u omisiones de gestión. Se analiza por separado según cada comunidad.
Alternativas de accidentes personales para conserjes y trabajadores. Complementa, pero no reemplaza, las obligaciones laborales.
Las coberturas adicionales no son automáticas. Su disponibilidad, límites, deducibles y exclusiones dependen de la póliza y de la evaluación de la aseguradora.
Nueva Ley de
Copropiedad Inmobiliaria
Desde el 9 de julio de 2025 es exigible el seguro colectivo contra incendio regulado por la Ley 21.442. Las comunidades acogidas con anterioridad tienen hasta el 9 de julio de 2027 para revisar y adaptar sus pólizas al nuevo marco.
Documentación, vigencias, certificados y un canal claro para coordinar cada requerimiento.
Ver acompañamiento →Comparativos comprensibles para evaluar precio, cobertura, deducibles y exclusiones.
Revisar coberturas →Explicaciones simples sobre bienes comunes, unidades, hipotecarios y liquidación.
Un proceso trazable, pensado para que la comunidad pueda decidir con información y renovar sin improvisar.
Revisamos ubicación, antigüedad, materialidad, unidades, bienes comunes y póliza vigente.
Ordenamos coberturas, deducibles, límites, exclusiones y prima para comparar de verdad.
Entregamos una recomendación clara para el comité, la administración y la asamblea.
Apoyamos renovaciones, certificados y la gestión de siniestros con la aseguradora.
La denuncia debe realizarse a la compañía tan pronto sea posible, siguiendo el procedimiento de la póliza. Ayudamos a ordenar antecedentes y a mantener el seguimiento del proceso.
Prioriza la emergencia y evita agravar los daños, siempre que sea seguro hacerlo.
Registra daños, fecha, causa aparente y medidas adoptadas. Conserva respaldos.
Notifica a la aseguradora y sigue las instrucciones del liquidador.
Respuestas breves basadas en la Ley 21.442 y la normativa vigente de la CMF.
Sí. El artículo 43 de la Ley 21.442 exige a los condominios con alguna unidad habitacional contratar y mantener un seguro colectivo contra incendio para los bienes e instalaciones comunes. En condominios sin destino habitacional también se exige, salvo que su reglamento de copropiedad establezca lo contrario.
No necesariamente. Incendio es la cobertura base. Sismo, salida de mar y otros riesgos son coberturas complementarias que deben figurar expresamente en las condiciones particulares.
La póliza debe cubrir los bienes comunes y ofrecer opciones para cubrir las unidades. Cada copropietario puede contratar coberturas para su unidad y adicionales sobre su proporción de bienes comunes. Conviene revisar también los seguros asociados a créditos hipotecarios para evitar vacíos o duplicidades.
La NCG 556 de la CMF exige separar montos asegurados, primas y deducibles de bienes comunes, unidades y coberturas adicionales. Además, cada contratante y asegurado debe recibir su certificado de cobertura.
Una póliza de la comunidad puede presentarse a la entidad crediticia para reemplazar el seguro licitado por ella, siempre que las coberturas sean al menos equivalentes. La entidad y el corredor deben verificar esa equivalencia.
Cuéntanos lo esencial. Prepararemos la revisión inicial y te contactaremos para solicitar los antecedentes que falten.